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LO QUE DEBES SABER SOBRE LOS IMPUESTOS EN MERCADO LIBRE Y AMAZON

Actualizado: 5 abr 2023



A partir del 1 de junio del 2020, en México comenzaron a aplicar retenciones para los vendedores de estas plataformas, reteniendo dos tipos de impuestos:

El IVA (impuesto sobre el valor agregado) con una tasa fija de retención del 8%.

El ISR (impuesto sobre la renta) con una tasa fija de retención del 1%.

De momento las autoridades mexicanas han dejado estas tasas de retenciones fijas para el 2021.


Ten en cuenta que si tu plataforma te solicita el RFC debes proporcionarlo ya que de lo contrario se aplicará una especie de “castigo”, impuesto por el SAT, en el que se te retendrá el 20% de ISR más el 16% de IVA dando un total de 36% de retención de impuestos.

Aquellas personas que vendan a través de alguna plataforma como Amazon o Mercado Libre deberán estar dadas de alta ante el SAT bajo el nuevo régimen de Actividad Empresarial con Ingresos a través de Plataformas Tecnológicas y escoger entre una de las dos modalidades que existen.




1er modalidad Pago Definitivo:


Aquellas personas que quieran estar en esta modalidad deben considerar que existen ciertos requisitos para darse de alta, no deben superar los $300 mil pesos anuales en los ingresos sumados, al decir sumados hacemos referencia en caso de que se encuentren dados de alta como asalariado o intereses más los ingresos de estas plataformas no se debe rebasar el límite mencionado.

Al llamarse pago definitivo quiere decir que las retenciones de IVA e ISR se consideran como pago único al SAT, puesto que no hay obligación de hacer declaraciones mensuales y anuales, con excepción que te encuentres como asalariado, tendrías que realizar tu declaración anual solo por estos ingresos.

La única obligación que tendrías en esta modalidad es, si un cliente te pide factura debes otorgarla o bien si nadie te solicita facturas debes realizar la factura de ventas al publico en general.

Una vez te encuentres en esta modalidad NO la podrás cambiar dentro de 5 años a menos que tus ingresos superen el tope mencionado.



2da modalidad Pago Provisional:


Esta modalidad es para aquellas personas que superen los $300 mil pesos de ingresos al año.

Tendrás por obligación realizar declaraciones mensuales y anuales, podrá deducir tus gastos, claro, que vayan acorde a esta actividad económica.

De igual forma en caso de que un cliente te pida factura, deberás entregársela o bien generar la factura de ventas al público en general.



La ventaja de esta modalidad es que es compatible con otros regímenes como: Asalariado, Intereses, Actividad empresarial y Arrendamiento. Considera que una vez que escojas pago provisional no podrás cambiarte a pago definitivo por normas del SAT.

Habiendo dicho esto, debes conocer con exactitud tus ingresos para poder escoger bien la modalidad a la que debes pertenecer.


Una vez que ya te encuentres dado de alta en el SAT y hayas ingresado tu RFC en la plataforma que te desarrollas, la misma plataforma es quien se encargará de hacer las retenciones conforme a la ley y te deberá entregar algo que se llama Constancia de Retenciones, esta constancia es mensual, y verás reflejado el total de los ingresos y retenciones tanto de IVA como de ISR, del mes.

Con ella tu contador deberá realizar las declaraciones o en su defecto la podrás tener como comprobante de que ya se te hacen tus retenciones. En caso de que la plataforma no te las comparta, podrás encontrar tu constancia directamente en el SAT.

Considera que sí NO ingresas tu RFC no solo te retendrán la máxima tasa de impuestos, sino que tampoco tendrás constancia de retenciones con que realizar tus declaraciones.



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